El comercio minorista de menos de 1.300 m2 no estará obligado a donar alimentos a organizaciones sociales

   Los comercios dedicados al comercio minorista cuya superficie no supere los 1.300 metros cuadrados no estarán obligados a firmar convenios con entidades sociales para la donación de alimentos con el fin de evitar el desperdicio alimentario. Ésta es una de las excepciones que prevé el proyecto de Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario aprobado esta semana por el Consejo de Ministros y previsiblemente entre en vigor a principios de 2023.